De acuerdo con el derecho internacional, a los migrantes se les reconocen derechos humanos en base a su condición de seres humanos. Tanto el derecho consuetudinario internacional como los instrumentos internacionales de derechos humanos se aplican de manera universal, estableciendo así las obligaciones y derechos de los migrantes. Además, hay otros instrumentos internacionales que se enfocan específicamente en la protección de los migrantes y sus derechos.

¿Qué son los derechos humanos universales?
Los derechos humanos se consideran como facultades vinculadas a cada individuo, las cuales son irrevocables, intransferibles, inalienables y, en última instancia, irrenunciables.

  • Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y al estar dotados de razón y conciencia, deben actuar fraternalmente los unos con los otros.
  • Todas las personas son iguales sin importar su origen, etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política u otra condición.
  • Cada individuo tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal.
  • Nadie debe ser sometido a esclavitud o servidumbre.
  • Ningún individuo debe ser objeto de torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes

¿Por qué surgen los derechos humanos universales?
Para comprender el surgimiento de los derechos humanos universales, es necesario considerar el contexto histórico en el que se encontraba la sociedad en ese momento. Estos derechos fueron oficialmente presentados en 1948 como una respuesta a los horrores cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. Por esta razón, se consideran fundamentales para la promoción de la libertad, la justicia y la paz.
¿Te gustaría saber dónde tienen su origen los derechos humanos universales?
En realidad, la elaboración de la lista de derechos humanos universales no fue un proceso rápido, sino que comenzó en 1946. Representantes de diversos países aportaron ideas desde diferentes contextos políticos, culturales y religiosos en un comité. Una vez finalizado su trabajo, la lista fue debatida por los miembros de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU.

Solo después de su aprobación, la Asamblea General decidió adoptarla en 1948 como la Declaración de Derechos Humanos Universales que conocemos en la actualidad en todo el mundo.

Derechos si nos encontramos en ruta, movilidad o estamos en otro país.

1. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica: es decir, ser tenido en cuenta por las leyes nacionales e internacionales.
2. Todos somos iguales ante la ley y tenemos, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.

3. Todos tenemos igual derecho a protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

4. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

4. Toda persona que se encuentra en ruta o movilidad tiene derecho a solicitar asilo.

5. Toda persona, en situación de migración, tienen derecho a que se preserve y garantice su unidad y/o reunión familiar, especialmente cuando se trata de niñas, niños y adolescentes. 

6. El ingreso no formal al país de la población migrante no es motivo para criminalizar su actuar y tratarlo como tal.

7. Derecho a no ser incomunicado: a las personas migrantes no debe, por ninguna circunstancia, serles negada recibir y realizar llamadas telefónicas, la visita de sus familiares, organismos públicos de protección y defensa de los derechos humanos, representantes legales y autoridades consulares de su país.

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Fuente:
Derecho de las personas- Migración