Te encuentras en Guatemala porque se dio obligado a huir de tu país de origen por temor a ser perseguida  por motivos de violencia, amenazas, extorciones, nacionalidad o por temores, en el siguiente informativo compartimos los requisitos para solicitar asilo en Guatemala. 

De acuerdo con la normativa en Guatemala, se considera refugiado una persona que:

  • Te encuentra en Guatemala debido a la necesidad de huir de su país de origen por temor a ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social específico u opiniones políticas.
  • Estas en Guatemala porque tu vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por situaciones de violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que han perturbado gravemente el orden público.
  • Has sufrido persecución a través de violencia sexual u otras formas de persecución de género o por orientación sexual.
  • No puedes o no quiere regresar a su país debido a sus temores.
  • Si has sido forzado a huir de tu país de origen debido a una de dichas razones, puedes solicitar la protección internacional (condición de refugiado) de Guatemala para ti y tu grupo familiar.

Proceso para solicitar asilo en Guatemala:

1. Solicitud: se aceptarán solicitudes de manera escrita o verbal en los siguientes lugares:

  • Dirección General de Migración,
  • Puestos fronterizos de Control Migratorio (terrestres, aéreos o marítimos),
  • Estaciones de la Policía Nacional Civil en todo el país,
  • Departamento de Reconocimiento de Estatus de Refugiado (DRER).

2. Llenar formulario: el proceso se formaliza en las oficinas del DRER, donde se proporcionará un formulario para completar con la información sobre las razones de la solicitud de refugio y los motivos que llevaron a huir del país de origen. Posteriormente, el IGM emitirá un Estatus de Permanencia Provisional que requerirá renovación cada 30 días.

3. La Entrevista: dos semanas después de la solicitud formal, el DRER llevará a cabo una entrevista con el solicitante de refugio para que pueda exponer detalladamente las razones de su salida del país de origen. Toda la información compartida será confidencial y su veracidad será investigada.

4. Análisis de expediente: la Comisión Nacional para Refugiados (CONARE) revisará el caso y emitirá una recomendación, opinión o sugerencia a la Autoridad Migratoria Nacional (AMN) en un plazo de 30 días.

5. Esperar resolución: la AMN decidirá aprobar o rechazar la solicitud del estatuto de refugiado.

6. Notificación de resolución: En caso de una resolución favorable, se deberá gestionar la residencia temporal de refugiado. En caso de una resolución desfavorable, se podrá presentar un recurso de reposición en un plazo de 10 días. La AMN comunicará la decisión final en un plazo de 5 días. Si la resolución de la AMN sigue siendo negativa, se podrá recurrir a los tribunales para revisar la decisión de forma judicial.

Recuerda que los oficiales de migración y funcionarios guatemaltecos no deberán negarte el acceso al territorio de Guatemala y no podrán expulsarte hacia el país donde tienes miedo a regresar.

Nota: si deseas recibir apoyo psicosocial u orientación sobre diferentes opciones de servicios en el país identificados en Cuéntanos, puedes escribirnos a través de WhatsApp  con gusto podremos apoyarte mediante Facebook Messenger o Instagram, de lunes a domingo. 

Fuente:

Instituto de Migración: Personas en movilidad humanas